CONDICIONES GENERALES DE VENTA
FOMICOM nv
Version 2018.06.04
Si los productos vendidos se encuentran almacenados en cilindros rellenables, las condiciones generales de venta sólo son aplicables al gas y/o al líquido almacenado en los cilindros y no a los propios cilindros, a no ser que se haya estipulado explícitamente que están incluidos en la venta.
Artículo 1 – Ofertas
- El contrato de venta sólo se llevará a cabo de acuerdo con la confirmación por escrito del encargo por parte del vendedor. Adiciones o modificaciones sólo serán válidas si el vendedor las ha confirmado por escrito.
- Todos los acuerdos firmados y encargos aceptados por la Sociedad Anónima Fomicom estarán sujetos a las presentes condiciones. No serán aplicables las condiciones de compra del comprador que vayan en contra de estas condiciones, a reserva de su explícita aceptación por escrito.
Artículo 2 – Entrega
- La entrega se efectuará según el acuerdo por escrito. A falta del mismo, el lugar del envío también será el lugar de la entrega.
- Exceder el plazo de entrega indicado, por la razón que sea, no dará al comprador el derecho de reclamar una indemnización, de no cumplir con obligaciones que resultan del acuerdo o de exigir la resolución del contrato.
- Se permiten entregas y facturación parciales.
Artículo 3 – Aceptación
- Se supone la entrega de bienes según el encargo y, por consiguiente, su aceptación por el comprador, a no ser que el comprador notifique de posibles faltas visibles por carta certificada en un plazo de 8 días después de la recepción. Ambas partes convienen el plazo de 1 mes para presentar una reclamación a causa de fallos ocultos.
- El vendedor deberá aprobar de antemano y por escrito una posible devolución de bienes. A falta de tal acuerdo, se rechazarán todas las devoluciones y se facturarán todos los gastos derivados de esta situación al comprador.
- La responsabilidad de una entrega defectuosa se limita al reemplazo y/o a la entrega adicional de lo que se reconocen como bienes defectuosos o que faltan, respectivamente.
Artículo 4 – Precios/pago
- A no ser que se haya convenido diferentemente, todos los precios son precios en fábrica (ex works, EXW). Todos los gastos adicionales, incluyendo pero no limitado a los gastos de tratamiento y transporte, gastos bancarios, seguros, impuestos y/o tasas de cualquier tipo, correrán por cuenta del comprador.
- A no ser que se haya convenido diferentemente por escrito, las facturas deberán ser pagadas al contado. El comprador no se podrá acoger en ningún caso a una compensación.
- Desde el día de vencimiento se deberán, sin requerimiento previo, intereses según el tipo de interés que se encuentra un 4,5% por encima del Euribor de 3 meses aplicable en el día de vencimiento. Además, en caso de que no se pague la factura o parte de ella en el día de vencimiento, se deberá de derecho y sin constitución en mora una indemnización a tanto alzado del 10% del importe de la factura, con un mínimo de 100 euros, aun cuando se adjudiquen plazos de prórroga.
- El no pagar una factura en el día de vencimiento conllevará la inmediata exigibilidad de todas las facturas pendientes, sin que se deba tener en cuenta las facilidades de pago permitidas anteriormente.
Además, el vendedor se reserva el derecho de aplazar las entregas mientras que estén pendientes importes de factura exigibles y, si así lo deseara, de romper de derecho, mediante carta certificada, todos los acuerdos con el comprador que no pague o no pague a tiempo.
Artículo 5 – Obligaciones y responsabilidad del comprador
- El comprador declara explícitamente que está informado de las características del producto, que tiene los conocimientos necesarios para emplear los cilindros y accesorios y el producto, y que se responsabiliza al completo de la manipulación y el uso de los mismos.
- A no ser que se haya estipulado diferentemente, los cilindros reciclables serán propiedad del vendedor, que está en su derecho de cobrar pago de envase. Están destinados únicamente para el uso del producto entregado por el vendedor, y sólo pueden ser rellenados por el vendedor. Deberán ser devueltos, en buen estado, al vendedor en un plazo de tres meses después de la fecha de vencimiento del producto que contenían. En caso contrario, el vendedor estará en su derecho de quedarse con el pago de envase.
Artículo 6 – Obligaciones y responsabilidad del vendedor
- El vendedor garantiza únicamente que el producto cumple con sus especificaciones. En ningún caso garantiza que los productos puedan ser vendidos o sean aptos para un cierto fin. La responsabilidad del vendedor, cuales sean las exigencias del comprador, se limita al reemplazo de los cilindros del producto.
- No se podrá responsabilizar a Fomicom nv en ningún caso por pérdida o daños, directos o indirectos, de los bienes entregados por el comprador o terceras partes, o por daños directos o indirectos sufridos (incluyendo pero no limitado a pérdidas) por el comprador o terceras partes relacionados con o causados por el uso de los bienes por el comprador, sus partes encargadas o terceras partes.
Artículo 7 – Riesgo y transferencia de la propiedad
- La transferencia de la propiedad sólo tendrá lugar en el momento en el que el vendedor haya recibido de manera irrevocable el pago por completo. El comprador se compromete a no vender o dar en prenda los bienes mientras que no hayan sido pagados. Si se vendieran los bienes, el vendedor tendría un derecho de participación sobre el precio de venta resultante.
- A no ser que el contrato de venta prevea diferentemente, el riesgo se trasladará al comprador en el momento en el que los bienes salgan del lugar de entrega.
Artículo 8 – Fuerza mayor
- En el caso de que el vendedor no pudiera cumplir a tiempo o del todo con el contrato a causa de fuerza mayor, tendrá el derecho de anularlo. En ningún caso podrá ser responsabilizado por daños directos o indirectos sufridos por el comprador.
- Se entienden como fuerza mayor, entre otros: embargos, fallos e impedimentos en la explotación, huelgas, incendios, prohibición de importación o exportación y, en general, todos los acontecimientos imprevistos que afecten al vendedor o a las empresas donde éste adquiera productos.
Artículo 9 – Sin presunción de cesión de derechos
- El hecho de que, por alguna razón, el vendedor no exija la ejecución de una de las condiciones de venta presentes, no implicará una cesión o incumplimiento de la aplicación de las mismas u otras estipulaciones.
- Si una de las condiciones de venta actuales no fuera aplicable o se considerara nula, las demás condiciones quedarían válidas íntegramente.
Artículo 10 – Competencia/Derecho aplicable
- Todas las transacciones comerciales que pertenezcan a las condiciones generales de venta presentes o que resulten de ellas, se considerarán acordadas en Maldegem (Bélgica) y estarán sometidas al derecho belga.
- Todos los posibles conflictos serán competencia exclusiva del Juzgado de Paz de la oficina de Eeklo (Bélgica) y de los Juzgados de Gante (Bélgica). Sin embargo, el vendedor se reserva el derecho de interponer un conflicto ante otro Juzgado belga o extranjero que, en base a los principios generales acerca de la competencia, pueda conocer del conflicto.
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